Entrevista a Gustavo Ciampa

Gustavo Ciampa - Twitter

 

Por: Alejandro Silva

Transitamos una anomalía histórica que nos convoca a disfrutar de la incertidumbre, un clima de época donde la democracia es llevada a límites de excepción, un cotidiano ejercicio de ciudadanía sometida a una permanente libertad condicional (Héctor Recalde dixit), un microclima de doctrinas donde la Constitución puede ser dimensionada con varas flexibles que alteran su longitud patrón al someterlas a la interpretación ideológica, y en donde la desigualdad de fuerzas entre empleadores y organizaciones gremiales, se dirime en una arena de lucha de clases decimonónica, modeladas sobre la dialéctica hegeliana del amo y el esclavo.

Entre tantas operaciones de construcción simbólicas e instalaciones mediáticas sobre posibles reformas laborales, convocamos al abogado laboralista Gustavo Ciampa para que nos eche un poco de luz ante tanto humo negro.  El Dr. Ciampa preside la agrupación “Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio” y es asociado al estudio del Dr. Héctor Recalde, quienes asesoran legalmente a trabajadores y entidades gremiales.

Al preguntarle sobre la posibilidad de promulgación de esta reforma laboral, tan promocionada e incentivada por grandes empresarios nacionales y no así por los de la pequeña y mediana empresa, nos manifestó su presunción que de continuar este signo político, y con el empoderamiento que significaría ganar las elecciones ejecutivas, seguramente iran por su salvaje implementación, muy por el contrario si ganara el Frente de Tod*s, quienes se pronunciaron en contra de cualquier modificación en materia de legislación laboral. Y en clara coincidencia con lo manifestado por el precandidato Alberto Fernández, nos recordó que cuando el país estalló en el año 2001 se modificó como medida disuasoria la ley de Contrato de Trabajo contemplando una doble indemnización en casos de despidos, y que a pesar de ello hasta su derogación en el año 2006, la desocupación bajó de 21.6 a menos del 10 %, y que entre el año 2003 y 2015 se concretaron más de mil  homologaciones de C.C.T. (Convenios Colectivos de Trabajo), por tanto para Ciampa, claramente no son las leyes laborales las causantes de la no generación de empleo, sino que es la orientación economía actual la promotora de que los índices laborales sean catastróficos.

Nos recordaba que ya en noviembre de 2017 el Poder Ejecutivo elevó al Congreso Nacional un proyecto con 127 artículos que preveía la reducción de indemnizaciones por despido; el incremento del poder patronal durante la vigencia de la relación contractual para poder introducir cambios en modalidades o categorías esenciales del contrato del trabajo (especialidades, categorías, extensión de la jornada etc.); habilitar a la renuncia a derechos laborales adquiridos; la creación de la extravagante figura del trabajador autónomo económicamente dependiente; la creación de un banco de horas extras que el empleador utilizaría de manera discrecional de acuerdo a sus necesidades productivas; el pago de la indemnización en caso de despidos se articularía bajo un régimen de capitalización donde el propio empleado aportaría mensualmente un porcentaje de su salario destinado para tal fin; y otorgaba a las grandes empresas la eximición de responsabilidades civiles y penales al no tener ya carácter solidario con las empresas subcontratadas. Este proyecto de ley fue fuertemente resistido en las calles por la mayoría de los “gremios combativos”, no permitiendo hasta el momento su implementación a nivel masivo, aunque lamentablemente, algunos dirigentes adictos al oficialismo de todos los gobiernos, permitieron que sus representados hoy estén padeciendo el cercenamiento de sus conquistas históricas.

Ciampa nos explicó lisa y llanamente que la “flexibilidad laboral” entendida como la adaptabilidad de un régimen normativo a las necesidades objetivas de los empleadores, ya está prevista en las normativas laborales vigentes, como se da en el caso de los gremios de la Construcción que permiten diferentes tipos de contrataciones cuando existe una necesidad de contratar temporaria o eventualmente, y que por tanto estos trabajadores no tienen garantizado el derecho a la estabilidad en el empleo, y que ante su extinción no genera derecho a la indemnización, haciendo la salvedad que no se pueda trasladar para necesidades permanentes dichas modalidades transitorias. Jurídicamente argumentó que mediante una modalidad verbal imperativa, la Constitución Nacional establece en su artículo 14 bis (ratificado en la convención constitucional de 1994) que “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes las que aseguraran al trabajador…” y entre los bienes que protege es contra el despido arbitrario, pero para esto tiene que cumplirse dos requisitos: que haya una protección económica suficiente para el trabajador que es víctima de un despido arbitrario o sin causa, y que esa protección tiene que ser de una identidad tal que funcione como disuasivo para que las empresas no despidan sin causa.

Trazando un paralelo histórico con otro de los períodos liberales en que los trabajadores fueron víctimas de estas mismas políticas, nos recordó que durante los 90’ los gremios no rediscutían sus convenios, resistieron basados en la ultraactividad de los mismos, esto implicaba no poner en juego sus conquistas ya que las negociaciones eran a la baja, por tanto preferían mantener los artículos caducos o desactualizados a directamente perderlos, como ocurrió hace un tiempo en España o como sucede en la actualidad de nuestros hermanos brasileros que retrocedieron 150 años de conquistas laborales.

Ante la emancipación de los emprendedores meritocráticos, donde la solidaridad hacia el otro se encuentra devaluada, es bueno que internalicemos que ni un esclavo ni un amo pueden considerarse plenamente conscientes de sí mismos. Un trabajador que ya ha alcanzado su autoconciencia de clase no podría ser esclavizado, la autoconciencia debe considerarse no como un logro individual sino como un fenómeno social que necesariamente contenga al conjunto. Nadie se desarrolla plenamente si las condiciones objetivas no acompañan, es una ilusión darwiniana la supervivencia del más apto, como lo es también la ilusión aspiracional de querer parecerse y votar como lo hacen los “otros”. Es de sentido común ¿no?, o mejor dicho de sentido comunitario, ese que nos interpela ancestralmente donde la palabra más usada no era el yo, como ocurre en la actualidad en casi todas las lenguas, sino la palabra que estaba en el centro de los decires y vivires de la tribu era “nosotros”, sí nosotros.

Audio: entrevista al Dr. Gustavo Ciampa

 

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