Por
nuevas cepas, suspenden desde el sábado los vuelos de Brasil, Chile y México
Los tres países se suman al Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte, sobre los cuales ya pesaba la suspensión de vuelos hacia la
Argentina. El Gobierno formalizó la decisión en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional formalizó hoy la suspensión, a partir
de mañana,de los vuelos procedentes de Brasil, Chile y México, debido a los
crecientes casos de coronavirus en esos países, y la circulación de nuevas
cepas.
Lo hizo mediante la Decisión Administrativa 268/2021 publicada hoy en
el Boletín Oficial, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y la
ministra de Salud, Carla Vizzotti.
La medida había sido adelantada ayer por fuentes oficiales,
quienes recordaron que los tres países se suman al Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte, sobre los cuales ya pesaba la suspensión de vuelos hacia
la Argentina.
En la disposición publicada hoy se exceptúan de la suspensión los
vuelos hacia la Argentina "con fecha de ingreso programada dentro de las
48 horas de entrada en vigencia de la presente".
También se autorizan los vuelos necesarios para "el regreso de las
personas nacionales y extranjeras residentes" en los casos en que
"dichas personas hubieran salido del país previo a la entrada en vigencia
de la presente con fecha de regreso programada posterior a 48 horas de su
entrada en vigencia".
La norma contempla asimismo más controles para los argentinos que regresen del
exterior y mantiene la prohibición de arribo de extranjeros con fines
turísticos.
El Gobierno definió que todos los viajeros deberán hacerse un testeo para poder
abordar el avión con destino a la Argentina, otro examen al llegar al país y
uno más al séptimo día de ingreso, con el costo económico a cargo del pasajero,
según el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.
Los pasos a seguir para quienes ingresen al país
• realizar una prueba para SARS-CoV-2 al arribo al país y otra al séptimo día
del ingreso, como condición de finalización del aislamiento obligatorio. El
costo de ambas pruebas deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.
• Quienes resulten positivo en la prueba deberán realizar a continuación el
test de PCR para su secuenciación genómica. Adicionalmente, quienes hubieren
resultado positivo en dicha prueba y sus “contactos estrechos” deberán cumplir
el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales
correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado
seguro hasta su localidad de residencia. La estadía en los citados lugares de
aislamiento será a cargo de la persona que ingresa al país.
• quienes resulten negativo en la prueba deberán cumplir con el aislamiento
obligatorio en los respectivos domicilios denunciados a tal fin en su
declaración jurada de ingreso al país, por el término de 7 días desde la toma
de la muestra del test realizado al momento de ingreso al país.
En tanto, se indica que "de resultar positivo el test practicado al
séptimo día de arribo al país deberá el laboratorio interviniente
arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie
genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria local realice el
inmediato rastreo de los contactos estrechos del viajero, sobre la base de los
mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar
de aislamiento".
En el artículo 4 de la norma se indica que la Administración Nacional de Aviación
Civil, en coordinación con la Dirección Nacional de Migraciones,
"mantendrán inicialmente una disponibilidad de 2.000 plazas diarias de
ingreso y egreso en vuelos aerocomerciales internacionales de pasajeros".
En ese sentido, se señala que "establecerán sobre esa base un flujo
decreciente y gradual, y similar temperamento se aplicará respecto del
transporte marítimo y fluvial internacional de pasajeros hasta alcanzar UN (1)
buque semanal internacional".
La norma entrará en vigencia a partir de las cero horas de mañana.
Fuente: Nota Télam

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